CIRCULAR 18/2025: <<SEGUNDA PRÓRROGA PARA LA APLICACIÓN DE LA REFORMA AL ARTÍCULO 29 DE LA LEY DEL INFONAVIT>>
- Mesh Agencia Boutique
- 22 sept
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Con fecha 11 de septiembre de 2025, el INFONAVIT publicó en su portal oficial un comunicado informando sobre la segunda prórroga para la aplicación de la reforma al artículo 29 de la Ley del INFONAVIT.
Aspectos más relevantes:
El H. Consejo de Administración del Instituto aprobó ampliar el plazo para la implementación de la reforma. La aplicación de las disposiciones del artículo 29 iniciará a partir del pago de salarios correspondiente al 6° bimestre de 2025 (noviembre-diciembre), cuyo entero deberá efectuarse a más tardar el 17 de enero de 2026.
Para los empleadores que ya ajustaron sus sistemas y procesos conforme a la reforma, no será necesario hacer uso del nuevo plazo. Podrán aplicar los descuentos conforme a lo previsto en el artículo 29 utilizando la versión 3.6.7 del SUA.
Los empleadores que deseen aprovechar la prórroga desde el 4° bimestre de 2025 (bimestre 2504), cuyo pago vence el 17 de septiembre de 2025, deberán usar la versión de SUA con la que han operado hasta ahora. En caso de haber instalado la versión 3.6.7, deberán descargar e instalar la versión 3.6.8, que ya se encuentra disponible en el portal del IMSS/INFONAVIT en el apartado “Sistema Único de Información (SUA)”.
Descargas y documentación:
Versión SUA 3.6.8: https://www.imss.gob.mx/patrones/sua/actualizacion
Instrucciones de instalación: https://www.imss.gob.mx/sites/all/statics/pdf/sua/InstruccionesVersionSUA368.pdf
Comunicado oficial INFONAVIT: https://portalmx.infonavit.org.mx/wps/wcm/connect/d5213ac2-524f-4e2a-8701-aff8b023681c/Ampliacion%2BPlazoLegal%2BArt29.pdf?MOD=AJPERES
