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CIRCULAR CASS 02/2022: «IMSS RELANZA EL PERMISO COVID-19 PARA TRÁMITE DE INCAPACIDAD TEMPORAL EN LÍNEA».

  • Foto del escritor: CASS Abogados
    CASS Abogados
  • 28 mar
  • 2 Min. de lectura

Publicada el 12 DE ENERO DE 2022


Mediante su Boletín de Prensa No. 17/2022, el IMSS dio a conocer el día de ayer el relanzamiento del Permiso COVID-19, mecanismo que permite – a través de la aplicación IMSS Digital y del sitio web oficial del Seguro Social – automatizar el trámite de obtención del certificado de incapacidad temporal para el trabajo, por causa de la COVID-19.


Este trámite lo había puesto en marcha el IMSS en marzo de 2020, con la finalidad de reducir riesgos entre la población y romper cadenas de contagio (Ver Circular CASS 07/2020, del 26 de marzo de 2020) y ahora lo relanza ante el reciente incremento de contagios de la enfermedad, en su variante Ómicron.


El trámite en línea de este nuevo Permiso COVID-19 se pretende sea más flexible al no estar sujeto al semáforo epidemiológico y sin necesidad de acudir a los servicios médicos de la Institución.

Según el referido Boletín del IMSS, los pasos a seguir para la obtención del Permiso COVID-19 son los siguientes:


  1. Ingresando directamente a la página http://www.imss.gob.mx/covid-19/permiso, o a la aplicación IMSS Digital y dar clic en “Ingresar Permiso COVID-19”.

  2. Proporcionar CURP y Código Postal del domicilio del solicitante, y dar clic en “Iniciar”

  3. Responder cuestionario médico, en el cual se incluyen aspectos referidos a síntomas, vacunación y padecimiento preexistentes. La valoración de los datos de este cuestionario - y si no se cuenta con prueba de laboratorio previa - podrá determinar que el solicitante sea enviado al Módulo de Atención Respiratoria del Seguro Social (MARSS), para valoración médica.

  4. Proporcionar información adicional de contacto, como teléfono y correo electrónico.

  5. Si se cuenta con alguna prueba de enfermedad respiratoria, sea del IMSS o de laboratorio externo, deberá enviarse copia del documento, a través de la aplicación, acompañada de identificación oficial vigente, fotografía del asegurado solicitante y copia de estado de cuenta bancario con CLABE, para depósito del subsidio correspondiente.

  6. Cuenta CLABE Interbancaria en la cual se recibiría el pago del subsidio que, en su caso, proceda legalmente.


El Instituto valorará la información proporcionada y podrá expedir el Permiso COVID aprobado, que el asegurado deberá presentar en su cegntro laboral para justificar su ausencia. Este Permiso cubrirá hasta por 7 días de incapacidad para los asegurados con síntomas de la enfermedad y de 5 días para aquellos que sean asintomáticos y que cuenten con prueba positiva a COVID-19.

 
 
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