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CIRCULAR CASS 03/2018: PROGRAMA DEL IMSS DE MEJORA PARA EL PAGO DE SUBSIDIOS MEDIANTE ACREDITACIÓN EN CUENTA.

  • Foto del escritor: CASS Abogados
    CASS Abogados
  • 25 mar
  • 2 Min. de lectura

Actualizado: 26 mar

PUBLICADO EL: 9/ABR/2018


El pasado mes de marzo, el IMSS publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo No. ACDO.AS2.HCT.291117/277.P.DPES, dictado por el Consejo Técnico del Instituto en su sesión del 29 de noviembre de 2017, por el cual se autoriza el Programa de Mejora para el Pago de Subsidios.


Mediante el referido Programa se crea un nuevo canal para el pago de los subsidios - sea de Riesgos de Trabajo, de Enfermedad General o de Maternidad – mediante la acreditación en la cuenta bancaria de los asegurados con derecho a tal prestación, previa solicitud de los mismos al Instituto.


En el Programa se prevé que la correspondiente solicitud podrá hacerse en línea, ingresando al aplicativo interoperable para el Pago de Subsidio en Cuenta Bancaria, usando la Firma Electrónica Avanzada, cuyo certificado digital sea emitida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).


En el caso de aquellos asegurados que no cuenten con la Firma Electrónica Avanzada, podrán ingresar al aplicativo con su CURP para compilar su solicitud, la cual deberán formalizar en la Unidad de Medicina Familiar de su adscripción.


La solicitud para recibir el pago mediante este mecanismo bancario también se podrá efectuar de manera presencial en las mismas Unidades Médicas antes referidas.


Este nuevo sistema de pago de los subsidios no será obligatorio para los asegurados, por lo que en el caso de aquellos que no deseen recibir el pago en su cuenta bancaria, podrán continuar recibiéndolo en las ventanillas de los bancos autorizados para ello, presentando el Certificado de Incapacidad Temporal para el Trabajo, que expiden los servicios médicos del IMSS.


En el mismo Acuerdo se instruye al Titular de la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales a dictar las instrucciones y criterios necesarios para la debida aplicación del Programa por parte de las Delegaciones del IMSS en todo el país.


Por último, se precisa que el Acuerdo entrará en vigor al día siguiente al de su publicación; esto es, a partir del día de hoy.



En el sitio www.cass-abogados.com/noticias.php, están a su disposición todas las circulares que hemos publicado sobre nuestra única área de especialidad: el Derecho de la Seguridad Social.


 
 
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