CIRCULAR CASS 04/2016: SERVICIO MÉDICO DEL IMSS A ESTUDIANTES
- CASS Abogados
- 24 mar
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Actualizado: 26 mar
PUBLICADO EL: 4/MAY/2016
Recientemente el Gobierno Federal y los medios de comunicación informaron sobre la "nueva" protección a que tienen derecho los estudiantes por parte del IMSS, sin aclarar que tal protección se instituyó desde hace casi 30 años.
En efecto, fue mediante un Acuerdo Presidencial del 9 de junio de 1987, dictado por el entonces Presidente de la República Miguel De La Madrid Hurtado y publicado en el Diario Oficial de la Federación un día después, que se incorporaron al Seguro Facultativo del Régimen del Seguro Social a todas las personas que cursen estudios de nivel medio superior y superior en planteles públicos oficiales del Sistema Educativo Nacional y que no cuenten con la misma o similar protección por parte de cualesquiera institución de seguridad social en el país.
La protección que proporcionaba el Seguro Facultativo de la entonces vigente Ley del Seguro Social estaba constituida por las prestaciones en especie del Seguro de Enfermedades y Maternidad, precisadas en el artículo 99 de la referida Ley, consistentes en la asistencia médica, quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria.
El mismo Acuerdo establecía que el Gobierno Federal cubriría en forma íntegra el monto de las cuotas para sufragar los gastos originados por la atención a los estudiantes inscritos al amparo del mismo y para ello se estableció una prima de 1.723 % aplicable a una base equivalente al monto del salario mínimo general vigente en el Distrito Federal durante el año calendario correspondiente y multiplicado por el número de estudiantes asegurados.
A partir de ese mismo año de 1987, el IMSS procedió a celebrar convenios con las diferentes instituciones educativas oficiales con el objeto de precisar los mecanismos de inscripción de los estudiantes y así facilitarles el acceso a los beneficios ya mencionados.
Años después, con la expedición de la nueva Ley del Seguro Social de 1997, en la cual ya no se contempla la figura del Seguro Facultativo, y con el fin de ubicar el aseguramiento de los estudiantes dentro del marco legal vigente, el 14 de septiembre de 1998 se publica Decreto del Ejecutivo Federal mediante el cual se formaliza la continuación del aseguramiento de los estudiantes para seguir recibiendo las prestaciones en especie del Seguro de Enfermedades y Maternidad, las cuales comprenden la asistencia médico quirúrgica, farmacéutica, hospitalaria y obstétrica.
En este nuevo Decreto se reitera la obligación del Gobierno Federal de cubrir en forma integral el monto de las cuotas que permita sufragar los gastos originados por el aseguramiento de los estudiantes, manteniéndose sin cambio la base y prima establecida desde el Acuerdo de 1987.
Para ese año de 1998 los inscritos al amparo del referido Decreto alcanzan ya la cifra de 1.6 millones de estudiantes protegidos; cifra que ha venido incrementándose en forma muy importante en los últimos años, llegando ya a fines de 2014 a un total de 6.7 millones de estudiantes amparados y recibiendo las prestaciones establecidas en el Decreto.
Transcendió que “que ahora se protegerían a 7 millones de estudiantes” - con locual algunos medios informativos cuestionaron si el IMSS tendría la infraestructura necesaria para atenderlos - cuando en la realidad esta cifra prácticamente se alcanzó desde el año pasado.
Otro aspecto que se destaca es que “ahora ya los estudiantes tendrán un número de seguridad social que les servirá para toda su carrera como asegurado en el IMSS”, cuando en la práctica desde hace ya más de diez años que está establecido tal procedimiento de asignación del Número de Seguridad Social para este tipo de asegurados.
Reconocemos que el espíritu informativo es loable para recordar a la población estudiantil el derecho que tienen a la protección por parte del IMSS.
Quedamos a sus órdenes para cualquier aclaración sobre el contenido de la presente Circular.
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